miércoles, 18 de enero de 2012

QUIEN HACE LO CONTRARIO DE LO QUE PROMETIÓ ES UN...

Hace un par de semanas el nuevo gobierno del p.p. tomó las primeras medidas con las que dicen atajar la crisis. Lo que aprobaron no es lo que prometieron sino todo o contrario. Hay quien dice que nos han tomado el pelo pues en menos de un mes han aplicado todo lo contrario de lo que prometieron y por lo que los ciudadanos les otorgaron su confianza. Ganaron unas elecciones que, al parecer y según algunos entendidos, ha sido un fraude a juzgar por la aplicación de medidas contrarias a lo prometido. La Agrupación Socialista aldeana quiere ofrecer el real decreto de medidas tomadas por el p.p para que cada aldeano juzgue y conforme su opinión.

Proyecto de Real Decreto-Ley 25/2011, de ---- de medidas urgentes para la promoción de la austeridad, racionalidad y gasto eficiente para las Administraciones Públicas.

El Gobierno ante la situación de extraordinaria y urgente necesidad de aplicar soluciones a la grave crisis económica que vive nuestro país, considera preciso llevar a cabo un esfuerzo de disciplina y compromiso con el servicio público, tanto por parte de los gobernantes como de los servidores públicos. A tal fin, se imponen medidas para contener los gastos de personal, así como en gastos corrientes y actividades que no comprometan el Estado de bienestar. Ello sin perjuicio de otras medidas que se dicten para el sector servicios y empresarial de ámbito privado.

Por lo expuesto, se dicta el presente Decreto-Ley en uso de la autorización concedida en el artículo 86 de la Constitución, a propuesta de la Ministra de Presidencia y Portavoz del Gobierno y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de Diciembre de 2011.

DISPONGO:

CAPÍTULO 1. MEDIDAS PARA CONTENER EL GASTO DE PERSONAL

ARTÍCULO 1. Ámbito.
1.Esta Ley establece, a partir de su vigencia, las medidas de economía y eficiencia que regirán para la elaboración, ejecución y control del presupuesto que aplicará la Administración del Estado respecto de sus órganos, entidades y dependencias.
2. Dichos criterios se aplicarán asimismo, como normativa básica presupuestaria, para la elaboración y ejecución del presupuesto de las restantes Administraciones Públicas.

ARTÍCULO 2. Oferta de empleo público.
1. Se suspende la aprobación de las Ofertas de Empleo público en las Administraciones Públicas y Organismos Públicos, sin perjuicio de las convocatorias anuales para la estricta reposición de efectivos derivados de jubilación, incapacidad o fallecimiento del titular, cuando se juzgue necesaria su cobertura.
2. Se prohíbe el ingreso de nuevo personal al servicio de las Administraciones Públicas y el Sector público, bajo cualesquiera forma o modalidad contractual.
3. La creación de nuevos programas o implantación de actividades no implicará el ingreso de nuevo personal, en cuyo caso la entidad afectada podrá realizar reasignaciones de efectivos, comisiones de servicios y medidas de efecto equivalente para atender dicha necesidad.
4. Se amortizarán los puestos de trabajo que supongan duplicidades funcionales. A estos efectos se considerarán inútiles los puestos de trabajo que no figurando en las Relaciones de Puestos de Trabajo estén servidos por personal laboral temporal.
5. No se convocarán procedimientos en curso de consolidación de empleo temporal y quedarán sin efecto los procedimientos de tal naturaleza que no cuenten con lista de admitidos.

ARTÍCULO 3. Personal eventual.
1.Solamente contarán con Secretario Particular los altos cargos de nivel superior a Director General o cargos homólogos.
2. La Administración Local territorial solo podrá contar con un empleado eventual por cada setenta y cinco mil habitantes y con el máximo de quince.
3. Los Organismos Públicos, cualesquiera que sea su naturaleza y estatuto, no podrán contar con más de tres empleados eventuales.

ARTÍCULO 4. Retribuciones de altos cargos.
1. Las remuneraciones netas que recibirá cualquier alto cargo no podrán ser mayores a siete veces el salario mínimo interprofesional de los trabajadores. En el caso de Presidentes, Alcaldes y órganos directivos de la Administración Local o de sus entidades dependientes no percibirán por el desempeño de sus cargos remuneraciones netas superiores a cuatro veces dicha referencia salarial.
2. Ningún servidor público de las Administraciones Públicas, de sus dependencias, delegaciones, órganos o de entidades del sector público, ni ningún directivo o trabajador de Fundaciones o sociedades mayoritariamente financiadas por Administraciones Públicas, podrá exceder las cifras máximas aquí establecidas.

ARTÍCULO 5. Retribuciones de funcionarios.
1. Se suspende la aplicación de la denominada carrera profesional en su vertiente retributiva en todas las Administraciones Públicas y en todos los sectores profesionales.
2. Los trienios pasarán a denominarse quinquenios y se devengarán cada cinco años.
3. Los complementos específicos en ningún caso podrán superar la cuantía en cómputo anual del tercio del complemento de destino.
4. El abono del concepto gratificaciones así como el complemento de productividad requerirá informe previo, favorable y vinculante del interventor o de quien hiciera sus veces. En ningún caso tales conceptos podrán exceder en cuantía mensual de la quinta parte del concepto sueldo, ni devengarse periódicamente.
5. El complemento por desempeño de altos cargos para los funcionarios que se reincorporan a sus plazas tras ser cesados en aquéllos queda en suspenso, tanto en su reconocimiento como en su devengo futuro para los ya reconocidos.

ARTÍCULO 6. Permisos y licencias
1. El personal funcionario tendrá un máximo de tres días de permiso retribuido al año por asuntos propios.
2. El personal laboral de la Administración Pública tendrá idéntico límite de permisos de manera que el exceso contemplado por Convenios Colectivos, pactos o decisiones unilaterales se tendrá por inaplicable.

ARTÍCULO 7. Jubilación
La edad de jubilación forzosa del funcionario se fija en los sesenta y cinco años, sin posibilidad de prórroga voluntaria ni pactada.

                                                CONTINUARÁ.

UN SALUDO SOCIALISTA